NOVEDADES PARA EL AUTÓNOMO EN 2013
En este post se resumen las novedades que tenemos
en este comienzo de 2013 para los autónomos y las pequeñas empresas, incluyendo
tanto novedades legislativas aprobadas a lo largo del último año como algún
cambio en los procedimientos de Hacienda y la esperada Ley de Emprendedores,
prevista para los primeros meses de 2013:
SEGURIDAD
SOCIAL
- Cuota de autónomos 2013: Como todos los años,
la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha actualizado las bases de
cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por
la cuota
mensual de autónomos. La base mínima de cotización sube el 1%
desde 850,20 a 858,60 euros mensuales, por lo que la cuota mínima pasa
de 254,21 € a 256,72 euros. La base máxima de cotización sube bastante
más, el 5%, pasando de 3.262,40 a 3.425,70 euros mensuales.
- Adecuación de la cuota de autónomos con vistas a
la jubilación: Podrán optar libremente entre la base mínima y la
máxima los autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos
el 1 de enero de 2013, cuya base de cotización de diciembre de 2012 haya
sido igual o superior a 1.870 euros al mes. Los trabajadores autónomos con
47 años cumplidos el 1 de enero de 2013 y una base de cotización
inferior a 1.870,50 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta
1.888,80 euros mensuales. En cuanto a los mayores de 48 años a 1 de enero
de 2013, su base de cotización mínima está comprendida entre 925,80,50 y
1.888,80 euros, salvo excepciones (cónyuge mayor de 45 años que se haya
hecho cargo del negocio de un autónomo fallecido, en cuyo caso estará
comprendida entre 858,60 y 1.888,80 euros mensuales).
- Responsabilidades subsidiarias en la
subcontratación empresarial: de acuerdo con la Ley13/2012 de lucha contra el
fraude en la Seguridad Social, se amplía el plazo para la exigencia de
responsabilidades solidarias de uno a tres años. Con ello la
Administración pretende tener más tiempo para efectuar sus mecanismos de
comprobación, lo que debe incentivar a que los autónomos y empresas que
subcontraten con otros la realización de obras o servicios
correspondientes a su propia actividad comprueben en mayor medida que
hasta ahora si los subcontratados están al día con la Seguridad Social.
HACIENDA
- Retenciones de los profesionales autónomos: en 2013 los tipos de
las retenciones a practicar en sus
facturas por parte de los profesionales autónomos se mantienen con
carácter extraordinario en el 21% ( 9% para nuevos profesionales
autónomos). Recordamos que está previsto que en 2014 el tipo de
retenciones baje al 19%, esperamos que se pueda cumplir esta previsión.
- Módulos 2013: los módulos 2013 de IRPF se
mantienen como en 2012 excepto para productos del olivo, en los que el
Rendimiento Neto se reduce. Sin embargo los módulos de IVA se modificaron
hace 2 meses para adaptarlos a la subida del IVA de 2012, por lo que en
2013 estos nuevos módulos de IVA estarán plenamente operativos.
- Restricciones a la cotización en módulos: tras la reciente
aprobación de la Ley 7/2012 de 29 de octubre de 2012 de lucha contra el
fraude fiscal, los autónomos del sector transporte no podrán seguir
en módulos si facturan más de 300.000 € anuales. Además, los autónomos
en módulos obligados a practicar retenciones no podrán seguir en
módulos si en el año anterior han tenido rendimientos superiores a 225.000
€/anuales con carácter general o 50.000 €/anuales en el caso de que más
del 50% de sus ingresos provengan de empresas y por tanto estén sujetas a
retención. Por todo ello este año podrá renunciarse a los módulos de
manera implícita mediante la presentación en tiempo y forma del primer
pago fraccionado de 2013 en estimación objetiva (modelo 130) y del régimen
general de IVA (modelo 303).
- Modificación en los plazos del modelo 347 (declaración
de operaciones
con terceras personas): tal y como estaba previsto, en 2013 el
modelo se presentarán el mes de febrero en lugar de en marzo como hasta
ahora. Además será necesario informar sobre las cantidades imputables a
cada trimestre y no sólo el total. Están eximidos de este modelo quienes
presenten declaraciones de IVA mensuales (modelo 340).
- Nueva vía de presentación de declaraciones
informativas: desde este ejercicio podrán presentarse por
internet un amplio conjunto de declaraciones informativas (modelos 180,
182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 390) mediante el
servicio de impresión desarrollado en la AEAT y el envío de un mensaje SMS
por el contribuyente.
FACTURACION
- Nuevo reglamento de facturación: el 1 de enero de 2013
ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de facturación aprobado en el Real
Decreto 1619/2012. Las principales novedades
en materia de facturación son la sustitución de los tickets por facturas
simples, la posibilidad de que cualquiera pueda emitir una factura simple
o simplificada en operaciones de
menos de 400 euros y la equiparación de la factura electrónica y la
factura en papel.
FINANCIACION
- Tasas Judiciales: los autónomos también
se verán afectados por las nuevas tasas
judiciales cuando recurran a la justicia, por ejemplo para
reclamar deudas, lo que encarecerá el proceso de media entre 100 y 1200
euros según la cuantía demandada, un motivo adicional para tratar de prevenir
situaciones de morosidad.
- Tipo de interés legal del dinero y de demora: según se contempla en
los presupuestos generales del estado para 2013, se prorrogan los tipos de
2012, de manera que el tipo de interés legal del dinero se mantiene
en el 4% y el tipo de interés de demora en el 5%.
EMPRENDEDORES
- Nueva Ley de Emprendedores. Se la esperaba en
2012, se temió porque nunca viera la luz pero según se anunció hace un mes, la Ley de
Emprendedores se aprobará en los primeros meses de 2013. Existen dudas más
que fundadas sobre que vaya a dar respuesta a la tan demandada reforma del
IVA, de manera que sólo se pague a Hacienda el IVA cobrado en lugar
del facturado. También se espera una reducción del 50% de la cotización en
casos de pluriactividad (alta simultánea en
autónomos y el régimen general), la agilización de los trámites de
creación de empresas y un nuevo marco legal para favorecer el desarrollo
de nuevas vías de financiación como los microcréditos, el capital
semilla o las redes de business angels.
- Fin de las licencias de apertura previas: justo a final de
diciembre de 2012 se ha aprobado la Ley 12/2012 de medidas urgentes de
liberalización del comercio y de determinados servicios, que termina
con la obligatoriedad de las licencias
de apertura previas al inicio de actividad en comercio de
menos de 300 m2 o en los cambios de titularidad de las
actividades comerciales y de servicios, así como de las licencias de obras
en reformas que no necesiten proyecto de obra. Esta ley formaliza las licencias
express anunciadas en primavera por las que bastará con que el
autónomo presente una declaración responsable o comunicación previa en la
que manifiesta cumplir los requisitos de la actividad, incluyendo el
proyecto técnico y la documentación complementaria cuando sea necesario.
El Ayuntamiento deberá verificar esta documentación por si hubiese algún
error pero el negocio podrá funcionar mientras tanto.
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